Informativo Tributario

CONVENCIÓN MULTILATERAL PARA IMPLEMENTAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS CON LOS TRATADOS TRIBUTARIOS

PARA PREVENIR LA EROSIÓN DE LAS BASES IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS

Se ha publicado la norma que dispone que, desde el 01.10.2025, entrará en vigor la Convención Multilateral para Implementar las Medidas Relacionadas con los Tratados Tributarios para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios, más conocido como MLI.

Dicha convención es un tratado internacional multilateral que permite adoptar los cambios planeados por el Proyecto BEPS sin necesidad de negociar y renegociar individualmente cada uno de los convenios tributarios bilaterales (los “CDI”). Por regla general, los CDI no se actualizan automáticamente, sino que necesitan del consentimiento bilateral. El MLI busca garantizar que los CDI se interpreten en el sentido de eliminar la doble imposición en relación con los impuestos comprendidos en esos convenios, sin generar oportunidades de no imposición o de imposición reducida a través de la elusión y la evasión fiscales.

Los únicos tratados cubiertos o afectados por el MLI son los suscritos con Canadá, Chile, México, Corea del Sur y Portugal. No están incluidos los celebrados con Brasil (no ha suscrito el MLI), Suiza (no ha considerado al CDI con Perú como tratado cubierto), Japón, ni la Decisión 578 de la Comunidad Andina.

Si bien la entrada en vigor del MLI es a partir del 01.10.2025, para los impuestos retenidos en la fuente surtirá efectos a partir del 01.01.2026.

Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/45x0vtu

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