Informativo Aduanero

Resolución de Superintendencia N° 000354-2025/SUNAT

SE PUBLICA PROYECTO DE RESOLUCIÓN QUE INCORPORA AL SISTEMA INTEGRADO DEL EXPEDIENTE VIRTUAL LOS EXPEDIENTES ELECTRÓNICOS DE RECLAMACIÓN EN MATERIA ADUANERA

Mediante Resolución de Superintendencia N° 084-2016/SUNAT se aprobó el Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), el cual permite la presentación del escrito de reclamación en materia de tributos internos, así como la generación y llevado del expediente electrónico de reclamación, siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas. Asimismo, dicho sistema también habilita la presentación de otros escritos y solicitudes vinculadas al referido recurso, en caso se haya generado un expediente electrónico.

La Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos ha remitido, junto con su exposición de motivos correspondiente, el proyecto de Resolución de Superintendencia que modifica la Resolución de Superintendencia Nº 084-2016/SUNAT, con la finalidad de ampliar el uso del SIEV para la presentación del escrito de reclamación en materia aduanera y cuando corresponda, para la generación y llevado del expediente electrónico de reclamación en dicho supuesto. Asimismo, en dicho proyecto se propone habilitar el sistema para la presentación de otros escritos y solicitudes vinculados a este recurso cuando se genere un expediente electrónico.

Conjuntamente, el proyecto también incorpora disposiciones aplicables a los supuestos en que, conforme al artículo 129 de la Ley General de Aduanas, el deudor elija si desea que los mencionados escritos y solicitudes sean presentados por el agente de aduanas. Finalmente, se señala que se mantiene el uso de la Mesa de Partes Virtual – SUNAT (MPV – SUNAT) para la presentación de tales documentos.

En ese sentido, considerando que el proyecto de Resolución de Superintendencia antes indicado y su exposición de motivos constituyen una propuesta normativa de carácter general, corresponde disponer su publicación previa, a fin de recoger opiniones, comentarios y aportes del público en general con un plazo de 15 días calendario contados a partir del 29.11.2025, con la finalidad de contribuir en la mejora de la propuesta normativa. Los referidos aportes podrán ser presentados en la Mesa de Partes de la SUNAT (Av. Garcilaso de la Vega Nº 1472, Cercado de Lima) o enviarlos a la siguiente dirección de correo: rmunoz@sunat.gob.pe

Para visualizar la Resolución completa, hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/yups6x27

Suscríbete a nuestro boletín

Únete a nuestra comunidad legal: recibe actualizaciones exclusivas y detalladas sobre las últimas tendencias en normativa, pronunciamientos institucionales y jurisprudencia.