El Decreto Legislativo N.° 1721 estableció el procedimiento especial de control del valor en el régimen aduanero de importación para el consumo, respecto de las mercancías que presentan indicios de riesgo relativos al valor en aduana declarado, con el objetivo de fortalecer los mecanismos de control aduanero y combatir de manera más efectiva las prácticas de subvaluación en las importaciones. Asimismo, la Primera Disposición complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1721 dispuso la aprobación de un reglamento para su desarrollo.
En ese sentido, mediante el Decreto Supremo N.° 143-2026-EF se aprueba el Reglamento del procedimiento especial de control del valor en el régimen aduanero de importación para el consumo, el cual desarrolla los criterios para identificar las mercancías sujetas al procedimiento, los indicios de riesgo que permiten su inicio, el trámite para la presentación y evaluación de descargos, las condiciones para el levante de las mercancías, los plazos para la determinación del valor en aduana y las formas de conclusión e impugnación del procedimiento. Asimismo, regula los supuestos de exclusión del procedimiento y faculta a la SUNAT a emitir las medidas complementarias necesarias para su aplicación.
El reglamento entrará en vigor cuando la SUNAT emita la Resolución de Superintendencia que apruebe las medidas complementarias a que se refiere la Primera disposición Complementaria Final de este Decreto Supremo,
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