• Informativo Legal

D.S. No. 139-2020-PCM – Se modifica parcialmente el Decreto Supremo que establece medidas y prórroga del Estado de Emergencia Nacional

Se ha dispuesto el aislamiento social obligatorio en las provincias de Cañete, Huara, y otros departamentos y provincias del interior del país, en los cuales está permitido el desplazamiento de las personas únicamente para la prestación y acceso a servicios y bienes esenciales, así como para la prestación de servicios de las actividades económicas autorizadas. Asimismo, se dispone la inmovilización social obligatoria desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente, de lunes a sábado a nivel nacional, con excepción de algunos departamentos.

De otro lado, se dispone la inmovilización social obligatoria para todos los ciudadanos a nivel nacional los días domingo, hasta las 4:00 horas del día siguiente.

Cabe indicar que la norma bajo comentario exceptúa de la inmovilización de los domingos, al personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de abastecimiento de servicios esenciales, incluyendo, el servicio de restaurante para entrega a domicilio (delivery), así como las actividades conexas.

Finalmente, las reuniones sociales, incluyendo las que se realizan en los domicilios y visitas familiares, se encuentran prohibidas, por razones de salud y a efecto de evitar el incremento de los contagios a consecuencia de la COVID-19.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3fOvMeg