Se ha dispuesto incorporar al huasaí o asaí, ungurahui y cinamillo en la relación de productos calificados como cultivo nativo y/o alternativo que gozan de la exoneración del Impuesto a la Renta previsto en la Ley No. 27037 – Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía.
Vigencia: 01.01.2022