Informe Nº 000090-2021-SUNAT/340000 – ALMACENAMIENTO DE MERCANCÍAS NACIONALES NO RELACIONADAS A UN DESPACHO ADUANERO AUTORIZADO POR LA ADMINISTRACIÓN ADUANERA.
Mediante el presente Informe, se establece lo siguiente: El almacén aduanero es el operador de comercio exterior (OCE) autorizado por la Administración Aduanera para prestar el servicio de almacenar de manera temporal las mercancías para su despacho aduanero. Asimismo, la función de almacenamiento (art.12 RLGA) señala que los almacenes aduaneros pueden almacenar mercancías extranjeras, nacionalizadas … Read more