Resolución Viceministerial N° 018-2023-EF/15.01– SE APRUEBAN LOS PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES A QUE SE REFIERE EL DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF, APLICABLES A LA IMPORTACIÓN DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ, Y LECHE ENTERA EN POLVO

Precisamos que, mediante Decreto Supremo N°115-2001-EF, se estableció el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I de dicho cuerpo normativo.

Mediante el Decreto Supremo N°317-2023-EF y el Decreto Supremo N° 152-2018-EF, se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos disponiéndose que tengan vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024 y la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz tenga vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, respectivamente.

En ese sentido, es necesario aprobar los precios de referencia obtenidos en base a las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 31 de agosto de 2024 y los derechos variables adicionales respectivos, tal como se muestra a continuación:

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