Se ha dispuesto prorrogar hasta el 31.12.2027 la vigencia de los beneficios tributarios establecidos en el Decreto Legislativo No. 783, el cual aprueba la norma sobre devolución de impuestos que gravan las adquisiciones con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros.
Asimismo, se dispone la ampliación del plazo para acogerse a la modalidad de pago al contado y al Fraccionamiento Especial de deudas tributarias administradas por SUNAT, establecidos en el Decreto Legislativo 1634, hasta el 28.02.2025.
Se señala que esta última disposición entra en vigor al día siguiente de su publicación (30.12.2024) y tiene prevalencia sobre cualquier otra norma jurídica relacionada con la prórroga de plazos en el ordenamiento jurídico.
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