Informativo Tributario

LEY N° 32527

LEY QUE DELEGA EN EL PODER EJECUTIVO LA FACULTAD DE LEGISLAR EN MATERIAS DE SEGURIDAD CIUDADANA Y LUCHA CONTRA LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA, CRECIMIENTO ECONÓMICO RESPONSABLE Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL

Se ha publicado la Ley Nº 32527, que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia tributaria (entre otras áreas) por un plazo de 60 días calendario, contados a partir de su entrada en vigor el 15 de diciembre de 2025. Entre otras disposiciones, destacan las siguientes:

En primer lugar, se faculta al Ejecutivo a modificar el numeral 9.3 del artículo 9 de la norma que regula el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT); sin embargo, dicha habilitación legislativa se limita expresamente a regular únicamente las situaciones vinculadas a deudas exigibles y no podrá utilizarse para modificar el régimen general del SPOT aplicable a las micro y pequeñas empresas (MYPES).

En segundo lugar, se autoriza la modificación de la Ley Penal Tributaria (Decreto Legislativo Nº 813) y la incorporación de nuevos artículos, con el objetivo de adaptar el régimen sancionador a la emisión electrónica de comprobantes de pago y tipificar nuevas conductas delictivas, tales como la disposición indebida de fondos del SPOT y la falsificación o adulteración de constancias de depósito en dicho sistema.

En tercer lugar, se habilita la modificación de la Ley Nº 29173, relativa al régimen de percepciones del IGV en importaciones, para precisar los supuestos excepcionales en que se aplicará la tasa de percepción del 10%, vinculándola al nivel de riesgo y al historial de cumplimiento tributario y aduanero del importador. Adicionalmente, se define como “primera importación” a aquellas operaciones derivadas de un mismo manifiesto de carga.

Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/4oUgnwo

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