Se hace la precisión de que el departamento de San Martín forma parte del listado de departamentos beneficiarios del crédito fiscal especial del Impuesto General a las Ventas por ventas correspondientes de bienes gravados que efectúen fuera de dicho ámbito.
Como se sabe, dicho beneficio especial (que, según sea el caso, equivale al 25% o 50% del Impuesto Bruto Mensual que corresponda por la venta de bienes) aplica sin perjuicio del crédito fiscal determinado conforme a la legislación vigente.
Vigencia: 02.05.2025
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