Informativo Aduanero

PROTOCOLO DE ENMIENDA DEL ACUERDO DE MARRAKECH POR EL QUE SE ESTABLECE LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DEL COMERCIO. ACUERDO SOBRE SUBVENCIONES A LA PESCA.

Con fecha 17.06.2022, en el marco de la Organización Mundial del Comercio, se adoptó el Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech, mediante el cual se incorporó el Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca al Anexo 1a, el cual introduce disciplinas vinculantes orientadas a limitar subvenciones que afectan la sostenibilidad de los recursos marinos.

El Acuerdo se aplica a subvenciones específicas vinculadas a la pesca de captura marina y actividades relacionadas con la pesca en el mar, conforme al Acuerdo sobre Subvenciones y Medidas Compensatorias, excluyendo la acuicultura y la pesca continental. En este marco, se prohíben las subvenciones a operadores o buques involucrados en pesca ilegal, no declarada y no reglamentada (pesca INDNR), así como aquellas dirigidas a la explotación de poblaciones sobreexplotadas, salvo que contribuyan a su recuperación sostenible.

Asimismo, en el Acuerdo se establecen restricciones respecto de subvenciones fuera de jurisdicción o en contextos de incertidumbre sobre el estado de los recursos, junto con obligaciones reforzadas de notificación y transparencia.

El Protocolo de Enmienda en mención fue adoptado por la Conferencia Ministerial de la Organización Mundial del Comercio en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, el 17.06.2022 y ratificado internamente mediante el Decreto Supremo N° 011-2023-RE, de 20.06.2023, entró en vigor el 15 de septiembre de 2025.

Para visualizar el Protocolo completo hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/mursrw6y

 

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