SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO GENERAL “EJECUCIÓN DE ACCIONES DE CONTROL EXTRAORDINARIO” CONTROL-PG.02 (VERSIÓN 1)
Mediante Resolución de Superintendencia N° 284-2018/SUNAT se aprobó el procedimiento general “Ejecución de acciones de control extraordinario” CONTROL-PG.02 (versión 1), en el cual se señalan las indicaciones para la ejecución de acciones de control extraordinario orientadas a la prevención, detección y represión de los delitos aduaneros, el tráfico ilícito de mercancías y el incumplimiento de las disposiciones tributario – aduaneras y otras que contengan regulaciones de control aduanero.
Con la finalidad de estandarizar el uso del sistema informático para emitir las actas de inspección, de hallazgo, de constatación de hechos y de retención de dinero en efectivo y/o instrumentos financieros negociables emitidos al portador, mediante su numeración o registro a través del módulo de actas electrónicas, es necesaria la modificación de este procedimiento.
Asimismo, en la nueva versión se preverá que en el supuesto de que un producto de una acción de control extraordinario (ACE) se verifique una infracción leve sin incidencia tributaria, previa subsanación, se emita el acta de inspección y se concluya la ACE, a efectos de optimizar tiempos y gastos para el operador y recursos de la administración aduanera, entre otras mejoras.
Para visualizar la Resolución completa, hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/34a7xva2