Resolución de Superintendencia N° 000026-2024-SUNAT/30000 – SE APRUEBA LA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS RELACIONADAS AL INICIO DE LAS OPERACIONES DEL TERMINAL PORTUARIO MULTIPROPÓSITO DE CHANCAY (TPMCH)

En primer lugar, cabe señalar que, tal como se dispone en los inciso c) y e) del artículo 17, artículos 101 ,102, 103 y 108, los operadores del comercio exterior y los administrados o concesionaros de los puertos están obligados a transmitir a la Administración la información correspondiente al proceso de ingreso y salida de las mercancías y medios de transporte del territorio aduanero; por lo que en caso de no cumplir con dichas obligaciones estarían cometiendo las infracciones multa, tipificadas en el inciso c) del artículo 197 y el inciso b) del artículo 198 de la Ley General de Aduanas (LGA).

No obstante, a raíz del inicio de operaciones del nuevo TPMCH y la creación de la IA Chancay, se estableció mediante el Informe N°000051-2024-SUNAT/312000 la adecuación de las estructuras de transmisión en los sistemas informáticos para el envío de la información del manifiesto de carga y actos relacionados con el ingreso y salida de mercancías y medios de transporte; contando con un periodo de estabilización para corregir y estabilizar inconsistencias de tres meses a partir del 31.10.20204.

Por consiguiente, se requiere el ejercicio de la facultad discrecional de la Administración para no sancionar las infracciones tipificadas en el inciso c) del artículo 197 e inciso b) del artículo 198 de la LGA, identificadas bajo los códigos N07, N08, N09, N10, N14, N15, N18, N19, P09, P10, P81 y P82 de la Tabla de Sanciones.

En ese sentido, mediante la presente resolución se dispone a no sancionar las infracciones señaladas anteriormente, las cuales se configuren respecto del TPMCH durante un periodo de estabilización de tres meses, y siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas en cada supuesto descrito en el anexo correspondiente a la resolución.

Para visualizar la Resolución completa, hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/y6x75dmm