Informativo Aduanero

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 000108-2026/SUNAT – SE MODIFICAN LOS SUJETOS OBLIGADOS A EMITIR LA GUÍA DE REMISIÓN REMITENTE, INCORPORA UN DOCUMENTO RELACIONADO CON EL TRASLADO DE MERCANCÍA EXTRANJERA, ESTABLECE NUEVOS SUPUESTOS PARA EMITIR LA GUÍA DE REMISIÓN ELECTRÓNICA POR EVENTO Y OTROS

Mediante Resolución de Superintendencia N° 007-99/SUNAT, se aprobó el Reglamento de Comprobantes de Pago, el cual regula los sujetos obligados a emitir guías de remisión y los requisitos y características aplicables a dichos documentos.

En este marco, la SUNAT señala que la obligación de las agencias de aduana de emitir la guía de remisión remitente en operaciones de comercio exterior, aun cuando dicha agencia no participe en el transporte terrestre nacional de mercancías, respondía a un contexto operativo previo a la masificación de la emisión electrónica; no obstante, con la emisión electrónica de las guías de remisión se han eliminado dichas restricciones operativas, por lo que resulta necesario adecuar dicha obligación a la realidad operativa actual.

Asimismo, se identifica la conveniencia de incorporar la “Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario” como documento relacionado con la guía de remisión electrónica remitente en el traslado de mercancía extranjera desde el puerto o aeropuerto hasta el almacén aduanero o local temporal considerado zona primaria; con la finalidad de facilitar su emisión y fortalecer la trazabilidad de las operaciones.

Por otro lado, la norma advierte la necesidad de reforzar los mecanismos de control del traslado de bienes mediante la incorporación de nuevos requisitos e información en las guías de remisión, tal como la necesidad de incorporar la obligación de consignar la fecha de inicio del traslado cuando el transportista emite la GRE-transportista aun cuando el remitente consigne determinada información en la GRE-remitente.

Conjuntamente, se advierte la importancia de incorporar los supuestos exceptuados de sustento con guías de remisión aplicables al traslado de mercancías extranjeras sin nacionalizar desde el punto de ingreso al país hacia las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) y la ZOFRATACNA.

Además, se incorporan nuevos supuestos para la emisión de la guía de remisión electrónica por evento ante hechos posteriores que afectan el traslado de bienes, a fin de reflejar con mayor precisión las situaciones que pueden presentarse durante el transporte de mercancías.

En ese sentido, mediante la Resolución de Superintendencia N.º 000108-2026/SUNAT, se modifica la normativa relacionada al Reglamento de Comprobantes de Pago, Sistema de Emisión Electrónica a la Factura y documentos vinculados a esta, Sistema de Emisión Electrónica desarrollado desde los sistemas del contribuyente, traslado de bienes utilizando el Sistema de Emisión electrónica, y la normativa sobre Guías de Remisión y designación de emisores electrónicos.

La presente resolución entra en vigor el 01.06.2026.

Para visualizar la Resolución completa hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/542zb926

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