Como se recuerda, conforme al inciso g) del artículo 32-A de la Ley del Impuesto a la Renta, los contribuyentes sujetos al ámbito de aplicación de dicho artículo, cuyos ingresos devengados en el ejercicio gravable superen las dos mil trescientas (2,300) UIT, deben presentar anualmente la Declaración Jurada Informativa Reporte Local respecto de las transacciones que generen rentas gravadas y/o costos o gastos deducibles para la determinación del impuesto.
En ese sentido, la Declaración Jurada Informativa Reporte Local correspondiente al ejercicio gravable 2025 debía presentarse conforme al cronograma de vencimientos del período mayo de 2026. No obstante, debido a que la SUNAT viene culminando las adecuaciones al Formulario Virtual N° 3560, se ha dispuesto prorrogar excepcionalmente su plazo de presentación.
Por tanto, se establece que la Declaración Jurada Informativa Reporte Local – Formulario Virtual N° 3560, correspondiente al ejercicio gravable 2025, podrá presentarse hasta las fechas de vencimiento del período octubre de 2026, conforme al cronograma establecido para la declaración y pago de tributos de declaración mensual.
La presente Resolución de Superintendencia entra en vigencia el 15 de junio de 2026.
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