SE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “CONTROL ADUANERO DE EQUIPAJE Y DE MERCANCÍAS EN LA ZONA COMERCIAL DE TACNA” DESPA-PE.23.01 (VERSIÓN 2)
Mediante Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 730-2007/SUNAT/A se aprobó el procedimiento específico “Control aduanero de equipaje y de mercancías en la Zona Comercial de Tacna” DESPA-PE.23.01 (versión 1), en el cual se establecen las pautas a aplicar para el control aduanero del equipaje y las mercancías adquiridas por los turistas que visitan la Zona Comercial de Tacna (ZCT) y las trasladan al resto del territorio nacional.
Cabe señalar que, se han llevado a cabo cambios normativos que repercuten al procedimiento específico en mención, relacionados a la franquicia de compra prevista para los turistas que visitan la ZCT, en el traslado de los bienes adquiridos con la citada franquicia y en su control.
En ese sentido, es necesaria la modificación del Procedimiento Específico “Control aduanero de equipaje y de mercancías en la Zona Comercial de Tacna” DESPA-PE.23.01 (versión 1), a fin de adecuar las disposiciones antes señaladas en este.
La presente Resolución, esta en vigencia a partir del día 30.06.2025; a excepción de la disposición referida a la Declaración Jurada de Equipaje ZOFRATACNA presentada en formato digital, la cual entra en vigencia a partir del 02.01.2026.
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