SUNAT amplía la aplicación de la facultad discrecional en la administración de sanciones por infracciones relacionadas a libros y registros vinculados a asuntos tributarios llevados de manera electrónica (SIRE). En ese sentido, se dispone lo siguiente:
Tratándose de los sujetos que al periodo diciembre de 2025 se encontraban obligados a utilizar el SIRE:
- Incluir a dichas infracciones cuando se configuren por los periodos abril y mayo de 2026.
- Prorrogar el plazo para subsanar la generación de los registros y/o realizar los ajustes que correspondan en el SIRE hasta el 30.06.2026.
Vigencia: 01.05.2026
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