• Informativo Tributario

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000070-2021/SUNAT – APRUEBAN NORMAS SOBRE RÉGIMEN DE APLAZAMIENTO Y/O FRACCIONAMIENTO PARA EL SECTOR TURISMO Y OTROS.

Mediante la Ley 31103 se estableció el Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento para el sector turismo (RAF – TURISMO) de las deudas tributarias administradas por SUNAT que constituyen ingresos del Tesoro Público o de ESSALUD, cuyo Reglamento fue aprobado por Decreto Supremo 066-2021-EF.

Al respecto, SUNAT acaba de aprobar las disposiciones relacionadas a dicho régimen, las que principalmente versan sobre:

  1. La forma y condiciones para la presentación de la solicitud de acogimiento al RAF-TURISMO, la cual deberá hacerse -necesariamente- a través del Formulario Virtual 1706, disponible en SUNAT Virtual desde el 17.05.2021;
  2. El desistimiento de la referida solicitud, que podrá ser presentada hasta antes que surta efecto la notificación de la resolución aprobatoria o denegatoria;
  3. El pago de la deuda tributaria acogida al RAF-TURISMO, para lo cual podrá emplearse el Sistema Pago Fácil, los bancos habilitados utilizando el NPS o a través de SUNAT Virtual o del APP SUNAT; y
  4. Las características de las garantías (que pueden ser carta fianza o hipoteca), así como la forma, plazo y condiciones en las que se entregan o formalizan, entre otros aspectos como su renovación.

Finalmente, también se ha dispuesto que a través de SUNAT Virtual o del APP SUNAT se pueda realizar el pago de la deuda tributaria incluida en diversos aplazamientos y/o fraccionamientos (distintos al RAF-TURISMO), como es el caso del Fraccionamiento Especial del Decreto Legislativo 1257, los Regímenes de Sinceramiento y de facilidades de pago de la deuda tributaria por concepto de aportaciones al Seguro Social de Salud aprobado por el Decreto de Urgencia 037-2019 y al Régimen de aplazamiento y/o fraccionamiento de la deuda tributaria establecido mediante el Decreto Legislativo 1487 (este último dictado el año pasado a fin de mitigar la falta de liquidez de los contribuyentes a raíz de los efectos de la pandemia).

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/2RYBync