Dado que el Decreto de Urgencia No. 016-2022 recientemente acaba de prorrogar hasta el 31.12.2022 el plazo excepcional de 4 días calendario para el envío de la factura electrónica y de la nota electrónica vinculada a esta, SUNAT ha procedido a hacer lo propio respecto a su normativa, la cual aún mantenía el citado plazo excepcional solo hasta el 30.06.2022.
Aunado a ello, ha procedido a ajustar los cronogramas para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales y las fechas máximas de atraso de los Registros de Ventas e Ingresos y de Compras llevados de forma electrónica correspondientes al año 2022, cuyo nuevo detalle es el siguiente:
Vigencia: 01.07.2022
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3NAPDhO