• Informativo Aduanero

Resolución de Superintendencia Nº 000153-2020/SUNAT: MODIFICAN AUTORIZACIÓN DE INGRESO O SALIDA DE BIENES FISCALIZADOS

Mediante la presente Resolución, se modifican diversos artículos de la Resolución de Superintendencia Nº 254-2013/SUNAT la misma que aprobó las normas relativas a la autorización para el ingreso o salida de bienes fiscalizados señalados en el artículo 17º del Decreto Legislativo Nº 1126.

La Solicitud de Autorización de Ingreso/Salida de Bienes Fiscalizados debe incluir, entre otras, no solamente la información relacionada a la transacción comercial, transporte internacional y el detalle de los Bienes Fiscalizados materia de solicitud, sino también datos sobre el almacén aduanero.

Respecto de las condiciones que el usuario debe cumplir para generar la Solicitud, se añaden las siguientes:

  1. No encontrarse sometido, así como ninguno de sus accionistas, representantes legales o directores y responsables del manejo de los Bienes Fiscalizados, a investigación fiscal o proceso judicial por tráfico ilícito de drogas o delitos conexos.
  2. Haber cumplido con presentar la información de sus operaciones de ingreso, egreso, producción, uso, transporte y almacenamiento de los bienes fiscalizados.
  3. No solicitar en la Autorización de Ingreso de Bienes Fiscalizados, una cantidad que exceda el saldo de la cantidad solicitada anual del Bien Fiscalizado materia de la mencionada Autorización, considerando además las cantidades que se encuentran en Autorizaciones pendientes de nacionalización.

Para el Ingreso y Salida de Bienes Fiscalizados al territorio nacional, el margen de tolerancia es de hasta el 5% del peso total autorizado para mercancías a granel y hasta el 2% para mercancía envasadas, siempre que no se supere el saldo de la cantidad solicitada anual, contabilizando además las cantidades que se encuentran en Autorizaciones pendientes de nacionalización. Todo exceso tiene la condición de no autorizado.

Vigencia: 28 de setiembre de 2020

Para visualizar la norma completa haga clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3cNYFrj