Recordemos que, a partir del período julio de 2025, ingresarían al SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) los sujetos designados como principales contribuyentes. Sin embargo, por el alto volumen de comprobantes de pago que en promedio emiten, lo más probable es que usen el aplicativo cliente SIRE o el servicio web API SUNAT, cuya implementación aún requiere para dichos sujetos un tiempo adicional al estimado para que realicen los ajustes necesarios a sus sistemas informáticos.
Por ese motivo, la presente norma posterga, del periodo julio de 2025 al periodo enero de 2026, la oportunidad a partir de la cual deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE, los principales contribuyentes que se encuentren obligados a llevar los mencionados registros.
Vigencia: 27.06.2025.
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