Informativo Aduanero

RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° D000026-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV – SENASA APRUEBA MEDIDAS FITOSANITARIAS TRANSITORIAS PARA LA EXPORTACIÓN DE JENGIBRE Y CÚRCUMA A LA UNIÓN EUROPEA Y EL REINO UNIDO

La Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF), las Normas Internacionales para Medidas Fitosanitarias (NIMF) y la Ley General de Sanidad Agraria establecen que la certificación fitosanitaria de los productos vegetales destinados a la exportación debe cumplir con los requisitos fitosanitarios exigidos por los países importadores, por lo que, en nuestro país, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) le corresponderá dictar las medidas necesarias para garantizar dicho cumplimiento.

Posteriormente, la Comisión Europea y el Reino Unido establecieron requisitos especiales para el ingreso y traslado en el territorio de la Unión Europea de vegetales para plantación y rizomas de cúrcuma longa L. y Zingiber officinale Roscoe, debido al incremento de detecciones de la bacteria Ralstonia pseudosolanacearum. En ese contexto, ante el incremento de detecciones de dicha plaga, la comisión Europea aumentó la frecuencia de los controles de identidad y físicos aplicables a los envíos de vegetales y productos vegetales, incluyendo el jengibre y cúrcuma frescos originarios de nuestro país; por lo que resultó necesario adoptar medidas transitorias que permitan fortalecer la trazabilidad de estos productos, reducir el riesgo de intercepciones y evitar restricciones a las exportaciones peruanas.

A fin de optimizar la trazabilidad de los mencionados productos y prevenir el cierre de mercados o imposición de restricciones comerciales, la presente norma aprueba medidas fitosanitarias transitorias aplicables a la certificación fitosanitaria de jengibre y cúrcuma frescos destinados a la exportación hacia los países de la Unión Europea y el Reino Unido. Asimismo, establece que dichas medidas estarán vigentes hasta la entrada en vigor de las medidas fitosanitarias definitivas o, como plazo máximo, hasta el 31 de agosto de 2026, pudiendo ser prorrogadas de ser necesario.

En ese sentido, mediante la Resolución Directoral N.° D000026-2026-MIDAGRI-SENASA-DSV se aprueban medidas fitosanitarias transitorias para la certificación fitosanitaria de jengibre y cúrcuma frescos destinados a la exportación hacia los países de la Unión Europea y el Reino Unido, con el propósito de asegurar el cumplimiento de los requisitos fitosanitarios exigidos por dichos mercados y preservar el acceso de los productos peruanos a estos destinos.

Para visualizar la Resolución completa hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/bdfv6aer

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