Se ha modificado el artículo 26ª de la Ley del Impuesto a la Renta que regula la presunción de intereses en los préstamos.
Al respecto, se ha establecido que para préstamos en moneda nacional se presume que el préstamo devengará un interés no inferior a la Tasa Activa de Mercado Promedio Mensual en Moneda Nacional (TAMN) que publique la SBS, siendo la novedad que esta deberá ser multiplicada por un factor de ajuste de 0,42.
La otra novedad es que para préstamos en moneda extranjera se devengará un interés no inferior a la Tasa Activa de Mercado Promedio Mensual en Moneda Extranjera (TAMEX) que publique la SBS, la que será multiplicada por un factor de ajuste de 0,65.
La norma añade que el MEF puede modificar y/o actualizar los citados factores de ajuste, los cuales serán mayores a 0 (cero) y menores o iguales a 1 (uno).
Vigencia: 01.01.2024
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/42eZUJ3