El Decreto de Urgencia No. 050-2021 tuvo por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, a efectos de establecer de manera excepcional un nuevo plazo para poner a disposición del adquirente del bien o usuario del servicio y de SUNAT la emisión de la factura y recibo por honorarios electrónicos; dicho plazo excepcional fue de 4 días calendario computados desde ocurrida la emisión, a fin de que los emisores cuenten con un tiempo más amplio y flexible mientras realizan las modificaciones operativas y de sistemas correspondientes para adecuarse al plazo real dispuesto por el Decreto de Urgencia No. 013-2020 (de solo 2 días calendario desde la emisión), atenuando su situación financiera deteriorada por la pandemia generada por la COVID-19.
La referida disposición excepcional había dispuesto su vigencia original hasta el 31.12.2021, pero luego fue ampliada hasta el 30.06.2022.
Ahora bien, se acaba de aprobar una nueva prórroga del indicado plazo excepcional de 4 días calendario para la puesta a disposición de la factura y recibo por honorarios electrónicos, hasta el 31.12.2022.
Vigencia: 28.06.2022
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