El presente decreto tiene por objeto aplicar al sector forestal y de fauna silvestre regulado por la Ley No. 29763 – Ley Forestal y de Fauna Silvestre, los siguientes beneficios tributarios a partir del ejercicio 2022:
- las tasas reducidas del Impuesto a la Renta y
- la depreciación acelerada. Este beneficio se aplicará sobre el monto de inversiones en obras de infraestructura destinadas al manejo y aprovechamiento forestal y de fauna silvestre hasta el 31.12.2025.
Ambos beneficios son los que están previstos en la Ley No. 31110 – Ley del Régimen Laboral Agrario y de Incentivos para el sector agrario y riego, agroexportador y agroindustrial. Para tal efecto, se tendrá en cuenta las particularidades del sector forestal y de fauna silvestre y lo previsto en el presente Decreto Legislativo.
El Poder Ejecutivo dictará las normas reglamentarias y complementarias que sean necesarias para la mejor aplicación de lo aprobado por el presente decreto legislativo.
Vigencia: 01.01.2022