En primer lugar, cabe mencionar que, mediante Decreto Supremo N°0016-91-AG y Decreto Supremo N°115-2001-EF, se dispone el Sistema de Franja de Precios.
El presente Decreto Supremo, con la información otorgada por el Banco Central de Reserva del Perú, tiene como finalidad aprobar la actualización de las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos incluidos en el Sistema de Franja de Precios de acuerdo al Anexo del presente decreto.
Las Tablas Aduaneras tendrán vigencia a partir del 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Cabe señalar que, debido a una revisión y evaluación del Sistema de Franja de Precios, se ha visto conveniente prorrogar la vigencia de la Tabla Aduanera aplicable a la importación de arroz, aprobada por Decreto Supremo N°152-2018-EF; por tanto, aquella Tabla tendrá vigencia hasta el 31 de diciembre de 2023.
Para visualizar el Decreto Supremo completo hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3VDwaBo
Asimismo, para visualizar el Anexo correspondiente al presente Decreto, hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3YY83QJ