Se ha aprobado el “Listado de entidades que podrán ser exceptuadas de la percepción del IGV”.
El listado se publicará en la sede digital del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), a más tardar el último día hábil del mes de marzo de 2024, y regirá a partir del primer día calendario del mes siguiente a la fecha de su publicación.
Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3xd5bG7