La norma en referencia modifica el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 026-2021 (el DU), sobre las reprogramaciones de los créditos garantizados con el Programa “Reactiva Perú”, hasta por la suma de S/ 19,500’000,000.00, así como la modificación del contrato de fideicomiso, con el fin de apoyar a las empresas más afectadas por la pandemia que hayan recibido estos préstamos.
Asimismo, se incorpora el numeral d) del artículo 3 del DU, estableciendo que las referidas reprogramaciones serán evaluadas por las Empresas del Sistema Financiero (ESF) que otorgaron los respectivos préstamos, las cuales tomarán en cuenta además que para el caso de créditos entre S/ 5’000,001.00 hasta los S/ 10’000,000.00, se debe demostrar una caída en el nivel de ventas mayor o igual al 20% en el cuarto trimestre del año 2020, con relación a similar periodo del año anterior; entre otros.
Asimismo, se establece que esta norma estará vigente hasta el 15 de julio de 2021.
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3tIuhGl