RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000204-2023/SUNAT – POSTERGAN OPORTUNIDAD DESDE LA CUAL DEBEN LLEVAR SUS REGISTROS EN EL SISTEMA INTEGRADO DE REGISTROS ELECTRÓNICOS (SIRE)

Como se sabe, el SIRE es una herramienta esencialmente digital que carga automáticamente la información de los comprobantes de pago electrónicos para determinar una propuesta de Registro de Compras y Registro de Ventas que los contribuyentes podrán validar, complementar o reemplazar, según corresponda, lo que facilita el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

Ahora bien, se ha advertido que los contribuyentes que en promedio procesan poco volumen de comprobantes de pago (Régimen Especial del Impuesto a la Renta o Régimen MYPE Tributario) han implementado con facilidad el SIRE, al no tener que hacer mayores ajustes en sus sistemas. Sin embargo, los contribuyentes que emiten un número considerable de comprobantes de pago requieren contar con un tiempo adicional para culminar con la adecuación de sus sistemas a fin de implementar el SIRE.

Es solo a estos contribuyentes a quienes se les ha otorgado la facilidad de postergar, del periodo octubre 2023 a enero del 2024, la oportunidad de llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras a través del SIRE. Esto es, los contribuyentes comprendidos en esta postergación tendrán la oportunidad de adecuar sus sistemas para implementar el SIRE hasta diciembre del 2023.

Están excluidos de esta postergación los contribuyentes que actualmente generan sus registros en los Sistemas de Libros Electrónicos y que pertenecen al Régimen Especial del Impuesto a la Renta o Régimen MYPE Tributario.

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