Decreto Supremo N° 189-2024-EF – SE MODIFICA EL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTO DE RESTITUCIÓN SIMPLIFICADO DE DERECHOS ARANCELARIOS

Mediante Decreto Supremo N°104-95-EF, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios.

Con la finalidad de perfeccionar dicho procedimiento, mediante el presente Decreto se modifican los artículos 3 y 11 del Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios; algunas de las modificaciones realizadas se basaron:

El porcentaje del valor FOB sujeto a restitución se obtendrá de los derechos arancelarios que gravaron la importación de las materias primas, insumos, productos intermedios y partes o piezas incorporados o consumidos en la producción del bien exportado.

Adicionalmente, se modifica el artículo 11 señalando la función de la SUNAT, sobre fiscalizar en forma discrecional y posterior el cumplimiento de los dispuesto en el Reglamento en mención.

El presente decreto entrará en vigencia a partir del 01.01.2026, salvo ciertas excepciones que dispondremos a continuación:

  1. La tasa de restitución de derecho arancelarios a la que se refiere el primer párrafo del artículo 3 del reglamento, será de 1% a partir del 25.10.2024 hasta el 30.06.2025. Asimismo, a partir del 01.07.2025 y hasta el 31.12.2025 dicha tasa será de 0.5% aplicándose los procedimientos vigentes entre dichas fechas.
  2. Cabe señalar que, el procedimiento de restitución simplificada aplicable a las solicitudes numeradas antes del 24.10.2024, se rigen por la tasa vigente a la fecha de numeración de la solicitud, hasta su conclusión, es decir 3%.

Para visualizar el Decreto completo, hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/5anwc7y3