DECRETO SUPREMO No. 326-2022 – MODIFICAN REGLAMENTO DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR) VINCULADO AL VALOR DE MERCADO DE LOS VALORES

Se ha modificado la norma reglamentaria del IR a fin de adecuarla a los cambios introducidos por el Decreto Legislativo No. 1539 que incorporó nuevos métodos para establecer el valor de mercado de los valores.

Se han introducido modificaciones para cuando corresponda aplicar el valor de cotización, o que cuando este no resulte aplicable el valor de mercado será el mayor valor que resulte de comparar el valor de transacción y el valor de flujo de caja descontado o el valor de participación patrimonial, según corresponda.

También se precisa que, cuando corresponda aplicar el método de flujo de caja descontado, se establece el valor de todos los flujos futuros de la empresa descontados a su valor actual. A dicho efecto, si la empresa tuviera varias unidades de negocio, el referido valor tomará en cuenta la proyección que se realice por cada unidad de negocio que involucre un horizonte previsible de flujos futuros.

Finalmente, entre otros aspectos, se establece que cuando corresponda aplicar el valor de tasación este será establecido dentro de los 6 meses anteriores a la fecha de la enajenación de acciones o participaciones; y que las cotizaciones, el valor por flujo de caja descontado y el valor de participación patrimonial expresados en moneda extranjera, deben ser convertidos a moneda nacional con el tipo de cambio promedio ponderado compra.

Vigencia: 01.01.2023

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3Gur8mg