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DS. No. 179-2021-PCM – Se amplía la inmovilización social por las afectaciones del COVID-19.

La norma en referencia dispone la inmovilización social obligatoria hasta el 2 de enero de 2022, según el nivel de alerta por departamento, conforme al siguiente detalle: (i) nivel de alerta moderado, se establece que el horario de inmovilización será desde las 02:00 horas hasta las 04:00 horas; (ii) nivel de alerta alto, se establece que el horario de inmovilización será desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas; (iii) nivel de alerta muy alto, se establece que el horario de inmovilización será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas; y, (iv) nivel de alerta extremo, se establece que el horario de inmovilización será desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas de lunes a sábado y los domingos desde las 04:00 horas hasta las 04:00 horas.

Cabe indicar que Lima se encuentra en el nivel de alerta moderado, según se detalla en el cuadro de alerta contenidos en el artículo 1° de la norma bajo comentario.

Asimismo, se precisa que a partir del 10 de diciembre de 2021, en los cuatro (4) niveles de alerta, los mayores de 18 años que deseen ingresar a los locales donde se desarrollan las actividades económicas y de culto (restaurantes, centros comerciales, tiendas por departamento, supermercados, entre otros), tienen que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su esquema de vacunación contra la COVID-19.

De otro lado, la norma señala que está prohibido todo tipo de reunión y evento social en los cuatro (4) niveles de alerta; por lo que, se dispone la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios el sábado 25 de diciembre de 2021 y sábado 1 de enero de 2022, desde las 01:00 hasta las 4:00 horas, en las provincias del nivel de alerta moderado.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3DNgceJ