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Resolución de Superintendencia N° 000143-2025/SUNAT – SE PUBLICA EL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “GARANTÍAS DE OPERADORES DE COMERCIO EXTERIOR” RECA-PE.03.04 (VERSION 5), EN LA SEDE DIGITAL DE LA SUNAT

Mediante Resolución de Superintendencia N°125-2021/SUNAT se aprobó el procedimiento específico “Garantías de operadores de comercio exterior RECA-PE.03.04 (versión 4), el cual indica las pautas a seguir para el trámite de las garantías presentadas por los operadores de comercio exterior. En ese sentido, a fin de adecuar el procedimiento antes señalado a las modificaciones realizadas a la Ley general de aduanas y su reglamento, así como a la versión 3 del procedimiento general “Certificación del operador económico autorizado” DESPA-PG.29, es necesaria la aprobación de una nueva versión del procedimiento “Garantías de operadores de comercio exterior” Por consiguiente, mediante la presente resolución,…

Resolución Superintendencia N° 000133-2025/SUNAT – SE MODIFICA LA NORMATIVA SOBRE GUÍAS DE REMISIÓN PARA MEJORAR LA TRAZABILIDAD DE LOS BIENES RELACIONADOS CON OPERACIONES DE COMERCIO EXTERIOR

En primer lugar, cabe mencionar que, el artículo 17 del Reglamento de Comprobantes de Pago (RCP) señala que la guía de remisión sustenta el traslado de bienes entre distintas direcciones, salvo los supuestos de excepción contemplados en el artículo 21 del mismo Reglamento. Con relación a ello, en el numeral 3.2.9 del inciso 3 del artículo 21 del RCP se plantea la excepción en la que no se exija guía de remisión del remitente y transportista en el traslado de bienes que ingresen al país desde los terminales portuarios del Callao, Paita, Salaverry, Chimbote, Pisco, Ilo, Matarani y Chancay hasta…

Resolución Superintendencia N° 000132-2025/SUNAT – DISPONEN LA PUBLICACIÓN DEL PROYECTO DE RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “COMERCIO ELECTRÓNICO DESDE LA ZONA COMERCIAL DE TACNA” DESPA-PE.23.02 (VERSIÓN 1), Y SU EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Mediante el Reglamento de la Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna (en adelante, el Reglamento), se indica que la SUNAT aprueba los procedimientos para el ingreso, salida y traslado de los bienes hacia y desde la ZOFRATACNA y de la Zona Comercial de Tacna. Asimismo, a través del artículo 20 de la Ley 27688 (Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna), se faculta a las personas naturales del resto del territorio nacional, a adquirir bienes en la Zona Comercial de Tacna a través del comercio electrónico, en los montos, cantidades y volúmenes establecidos en el…

Resolución Directoral N° D000017-2025-MIDAGRI-SENADA-DS – SE ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO PARA LA IMPORTACIÓN DE GRANOS DE FREJOL ADZUKI Y FREJOL CAUPÍ DE ORIGEN Y PROCEDENCIA DE LA REPÚBLICA FEDERATIVA DE BRASIL

Debido al interés de importar a nuestro país granos de frejol aszuki (Vigna angularis) y frejol caupí de origen y procedencia de la República Federativa de Brasil, la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del SENASA elaboró dos informes respectivamente: el Informe ARP N° 039-2022-MIDAGRI-SENASA-DSV-SARVF y el Informe ARP N° 028-2023-MIDAGRI-SENASA-DSV-SARVF, con el fin de contar con el sustento técnico que permita establecer los requisitos fitosanitarios para la importación de los productos en mención. En ese sentido, mediante Memorándum N° D000128-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV-SCV, la Subdirección de Cuarentena Vegetal manifiesta que los requisitos fitosanitarios para…

Resolución Viceministerial N° 006-2025-EF/15.01 – SE APRUEBAN LOS PRECIOS DE REFERENCIA Y LOS DERECHOS VARIABLES ADICIONALES A QUE SE REFIERE EL DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF, PARA LAS IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LECHE ENTERA EN POLVO

Mediante el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I; posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF se modificaron los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de la norma citada en principio. A través del Decreto Supremo N° 286-2024-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos indicando que tengan vigencia hasta el 31.12.2025, misma vigencia aplicada a la Tabla Aduanera de Arroz. En ese sentido, de acuerdo con las cotizaciones observadas en el…

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000008-2025-SUNAT/300000 – SE APRUEBA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS RELACIONADAS CON LA TRANSMISIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN QUE SUSTENTA LA DECLARACIÓN ADUANERA DE MERCANCÍAS AL RÉGIMEN DE IMPORTACIÓN PARA EL CONSUMO EN FORMA DIGITALIZADA

Por medio de los artículos 82 y 166 del TUO del Código Tributario, se establece que la SUNAT cuenta con la facultad discrecional para determinar y sancionar administrativamente las infracciones tributarias. Mediante la Resolución de Superintendencia N° 00000281-2024/SUNAT, modificando el numeral 1 del literal F y se incorporó el numeral 1 del literal O en la sección VI del procedimiento general “Importación para el consumo” DESPA-PG.01 (versión 8), se estableció que, a partir del 31.03.2025, como condición para la destinación aduanera de mercancías se requerirá la documentación sustentatoria digitalizada completa y sin errores; además, dicha transmisión de documentos podrá llevarse…

Decreto Supremo N° 027-2025-EF – SE DEROGA EL DECRETO SUPREMO N° 189-2024-EF Y EL DECRETO SUPREMO N° 197-2024-EF

A través del Decreto Supremo N° 104-95-EF, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios. Posteriormente, el Decreto Supremo N° 189-2024-EF modificó el esquema de restitución arancelaria previsto en el mencionado Reglamento. Asimismo, mediante Decreto Supremo N° 197-2024-EF se prorrogó la entrada en vigencia de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 189-2024-EF hasta el 31.07.2025. No obstante, tomando en consideración el contexto actual de incertidumbre y cambios extraordinarios a nivel internacional y de acuerdo al marco de la Política Aduanera y Política Arancelaria, se considera necesario dejar sin efecto las modificaciones señaladas previamente….

Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 000007-2025-SUNAT/300000 – SE APRUEBA LA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LGA RELACIONADAS CON LAS OPERACIONES EN EL TERMINAL PORTUARIO MULTIPROPÓSITO DE CHANCAY (TPMCH)

Conforme a los incisos c) y e) del artículo 17, los artículos 101, 102, 103 y 108 de la Ley General de Aduanas (LGA) los operadores de comercio exterior y los administradores o concesionarios de los puertos deberán transmitir o entregar a la Administración Aduanera la información relacionada al proceso de ingreso y salida de las mercancías y medios de transporte del territorio aduanero. En ese sentido, el incumplimiento de los artículos señalados previamente conlleva a la comisión de las infracciones tipificadas en el inciso c) del artículo 197 y en el inciso b) del artículo 198 de la LGA,…

Resolución Directoral N° D000002-2025-MIDAGRI-SENASA-DSV– ESTABLECEN REQUISITOS FITOSANITARIOS OBLIGATORIOS PARA LA IMPORTACIÓN DE FRUTA FRESCA DE CAROZOS: DURAZNO, CIRUELA, NECTARINA, CEREZA, DAMASCO Y PLUMCOT DE ORIGEN Y PROCEDENCIA DE LA REPÚBLICA DE CHILE.

Tal como se señala en el artículo 12 de la Ley General de Sanidad Agraria, el ingreso al país de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal, insumos agrarios, materiales de empaque, embalaje y acondicionamiento, medios de transporte, entre otros, se sujetarán a las disposiciones que establezca la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria. Asimismo, en el artículo 12° del Reglamento de la Ley General de Sanidad Agraria, indica que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) realizará las consultas públicas que pudieran corresponder para la adopción de los requisitos Fito y zoosanitarios, de conformidad con los principios…

Resolución Viceministerial N° 002-2025-EF/15.01 – APRUEBAN PRECIOS DE REFERENCIA Y DERECHOS VARIABLES ADICIONALES A QUE SE REFIERE EL DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF

El Decreto Supremo N° 115-2001-EF indica el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en su Anexo I (maíz, azúcar, arroz y leche entera en polvo). Mediante el Decreto Supremo N° 86-2024-EF se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos disponiéndose que tengan vigencia hasta el 31.12.2025 y se dispone que la Tabla Aduanera aplicable a la importación de Arroz, aprobada por el Decreto Supremo N° 152-2018-EF, tenga vigencia hasta el 31.12.2025. En ese sentido, mediante la presente Resolución corresponde aprobar los precios de referencia obtenidos en base a…

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