En el marco de la delegación de facultades dada por el plazo de 90 días calendario, contados a partir del día 01.03.2023, el Poder Ejecutivo está facultado para legislar, entre otras materias relevantes, sobre las siguientes:
En materia tributaria:
- Modificar el primer párrafo del artículo 26° de la Ley del Impuesto a la Renta sobre rentas por intereses presuntos.
- Prorrogar la vigencia de las exoneraciones previstas en el artículo 19° de la Ley del Impuesto a la Renta sobre exoneraciones al Impuesto a la Renta.
- Dictar medidas para implementar las exenciones y/o devoluciones y otros aspectos tributarios en el marco de la Copa Mundial Sub-17.
- Modificar la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo con la finalidad de considerar como exportación la venta de metal realizada por productores mineros a favor de fabricantes nacionales de joyería destinada a la exportación de joyería.
- Flexibilizar las condiciones para calificar como establecimientos cuyas adquisiciones dan derecho a la devolución del impuesto general a las ventas a favor de los turistas extranjeros.
- Exonerar de impuestos la importación de bienes que se destinen directamente a la ejecución del Proyecto Sistema Eléctrico de Transporte Masivo de Lima y Callao.
En materia de inversión pública:
- Establecer disposiciones hasta diciembre de 2024 para autorizar licencias de habilitación urbana y edificación, autorizar la ejecución de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación con recursos del canon, sobrecanon, regalías mineras y del Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea.
- Autorizar la aprobación de metodologías específicas aplicables a las inversiones en el marco del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones hasta el 31 de diciembre de 2024.
- Modificar el Decreto de Urgencia 021-2020 a fin de habilitar a los gobiernos locales para que suscriban convenios con los Proyectos Especiales de Inversión Pública (PEIP) para la ejecución de sus inversiones, entre otras medidas.
En materia de gestión económica:
- Establecer medidas para facilitar y promover el desarrollo de los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura Sostenible para la Competitividad 2022-2025 y otros proyectos de inversión pública, privada y público-privada.
- Modificar el Decreto Legislativo 1362 a fin de optimizar el procedimiento, evaluación y sustento de la capacidad presupuestal para el desarrollo de proyectos, entre otras medidas.
Vigencia: 01.03.2023
Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3Z59eNZ