Mediante Resolución de Superintendencia N° 000106-2021/SUNAT se aprobó el procedimiento específico “Importación de Mercancías sujetas al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano” DESPA-PE.01.13 (versión 2), el cual regula el despacho aduanero de mercancías destinadas al régimen de importación para el consumo que se acogen a los beneficios del Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano.
Mediante Decreto Supremo N° 198-2024-EF se modificó el Reglamento de la Ley General de Aduanas, a fin de adecuar las disposiciones del citado reglamento a la operatividad del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay, incorporar al puerto de Chancay como lugar habilitado para el ingreso indirecto de mercancías a la zona establecida en el Convenio y establecer que en ese caso la presentación de carta fianza bancaria o financiera que garantice el pago de los impuestos a la importación de los bienes que se destinen al consumo en dicha zona se lleva a cabo en la Intendencia de Aduana de Chancay.
En ese sentido, mediante la presente Resolución, se dispone la publicación del proyecto de Resolución de Superintendencia que aprueba el procedimiento específico “Importación de Mercancías sujetas al Protocolo Modificatorio del Convenio de Cooperación Aduanera Peruano-Colombiano” DESPA-PE.01.13 (versión 3), a efectos de que en el plazo de 15 días calendario desde el día calendario siguiente de su publicación se reciban comentarios, aportes u opiniones de los operadores y del público en general; lo cuales podrán ser enviados al siguiente correo electrónico: DPIngreso@sunat.gob.pe, o presentarlos en las unidades de recepción documental de la SUNAT.
Para visualizar la Resolución completa, hacer clic en el siguiente enlace: https://tinyurl.com/yc8m8ej6