- La Administración Aduanera prorroga su facultad discrecional para no determinar ni sancionar algunas infracciones previstas en la Ley General de Aduanas cometidas desde el 10.06.2020 hasta el 30.06.2020.
- No procederá la devolución ni compensación de los pagos realizados en virtud de las infracciones materia de la mencionada facultad.
- Por ejemplo, es posible aplicar la facultad discrecional, en el caso de transportistas, agentes de carga internacional, beneficiarios de material para uso aeronáutico, agentes de aduanas y empresas de entrega rápida que no transmitan la información o no proporcionen la documentación necesaria para regularizar el régimen aduanero, en la forma y plazo establecidos legalmente o dispuestos por la Administración Aduanera.
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