RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000052-2022-SUNAT/700000 – APLICACIÓN DE LA FACULTAD DISCRECIONAL EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR LAS INFRACCIONES TIPIFICADAS EN LOS NUMERALES 5 Y 9 DEL ARTÍCULO 174 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO.

Se ha dispuesto aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174 del Texto Único Ordenado del Código Tributario, detectadas desde el 01.01.2023 hasta el 30.06.2023, relacionadas con la emisión de las Guías de Remisión Electrónica y de las guías de remisión en formatos impresos o importados por imprenta autorizada.

En dicho sentido, los supuestos para la aplicación discrecional respecto a las referidas infracciones según el Anexo I de la Resolución son los siguientes:

Vigencia: 01.01.2023

Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3vytKJI