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RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 000084-2021/SUNAT – PROCEDIMIENTO PARA LA CERTIFICACIÓN DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN DE REPRESENTANTE ADUANERO Y DE AUXILIAR DE DESPACHO.

Conforme al artículo 20 de la Ley General de Aduanas, un operador de comercio exterior debe contar con un representante aduanero y un auxiliar de despacho de forma exclusiva. Las personas que deseen ejercer esa función deben llevar un programa de estudios realizado por una institución educativa y aprobar un examen de suficiencia realizado por SUNAT.

En ese sentido, mediante la presente Resolución, se aprueba el Procedimiento para la Certificación del Programa de Formación de Representante Aduanero y Programa de Formación de Auxiliar de Despacho por Examen de Suficiencia, destacando las siguientes disposiciones:

El Instituto Aduanero y Tributario (IAT) es el órgano de la SUNAT que realizará el examen de suficiencia.

El mencionado examen de suficiencia está constituido por las evaluaciones que rinde el participante cuando el programa de formación ha sido impartido por una institución educativa, a fin de evaluar las competencias y conocimientos de los temas correspondientes al programa de formación. Asimismo, se realiza a través de modalidad presencial, virtual o mixta.

Para rendir el examen de suficiencia de Representante Aduanero, se debe cumplir con contar con estudios universitarios concluidos y, en el caso del Auxiliar de Despacho, contar con estudios secundarios concluidos y ser mayor de edad. Adicionalmente, en ambos casos, deberán cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Haber aprobado el programa de estudios o programa de formación de representante aduanero/auxiliar de despacho impartido por una institución educativa.
  2. No tener antecedentes penales, policiales ni judiciales.
  3. No encontrarse laborando en la SUNAT.
  4. Tener conocimientos básicos de ofimática y manejo de internet.

La calificación del examen de suficiencia es de cero (00) a veinte (20). La nota mínima aprobatoria de Representante Aduanero y Auxiliar de Despacho es de trece (13) sin redondeo.

Finalmente, la certificación es el reconocimiento que otorga al IAT al participante por haber aprobado el Programa de Formación de Representante Aduanero o Programa de Formación de Auxiliar de Despacho, a través del examen de suficiencia.

Vigencia: 26.06.2021.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3qxcIrV