Mediante la Resolución de Superintendencia No. 006-2016/SUNAT se aprobó el “Procedimiento para la Presentación y Atención de Quejas-Reclamos a través del Libro de Reclamaciones de la SUNAT y Canalización de Sugerencias”, así como el “Formato Virtual para Quejas-Reclamos y Sugerencias”.
Posteriormente, mediante el Decreto Supremo No. 007-2020-PCM se establecieron disposiciones para la gestión de los reclamos de bienes y servicios en las entidades de la Administración Pública, tales como el alcance, condiciones, roles, responsabilidades y etapas del proceso de gestión de reclamos, estandarizando su registro, atención, respuesta, notificación y seguimiento.
Ahora bien, mediante la presente Resolución, la SUNAT establece un nuevo procedimiento para gestionar las quejas y sugerencias que se encuentran fuera del ámbito de aplicación del referido decreto supremo, cuya atención se encuentra a cargo de la Gerencia de Defensoría del Contribuyente y Usuario Aduanero; así como también deroga la Resolución de Superintendencia No. 006-2016/SUNAT.
En tal sentido, se establecen las nuevas disposiciones vinculadas a las etapas del procedimiento (registro, atención y respuesta de la queja y sugerencia), los efectos de la queja o sugerencia, la confidencialidad de la información que ha proporcionado el administrado, entre otros alcances.
Vigencia: La presente resolución entra en vigor el 11.08.2023.
Para visualizar la siguiente norma hacer clic en el siguiente enlace: http://bit.ly/3rXh0xF