Como se recordará, el Decreto Legislativo No. 1552 brindó el tratamiento tributario de exportación a los productores mineros con la finalidad de promover la venta de metales a los fabricantes nacionales de joyas, para que estos puedan contar con materia prima para producirlas y exportarlas.
Para tal efecto, se incorporó el numeral 13 al artículo 33° de la Ley del IGV, según el cual, la mencionada operación se considera exportación siempre que el metal transferido sea incorporado en el producto que va a ser exportado y a la fecha de realización de dicha operación el productor minero y el fabricante nacional de joyas se encuentren inscritos en los registros correspondientes, los cuales tendrán carácter constitutivo, así como no deben haber sido calificados por SUNAT con alguno de los 2 niveles más bajos de cumplimiento de los establecidos en el Decreto Legislativo No. 1535 y normas reglamentarias.
Por su parte, el Reglamento de la Ley del IGV establece que el productor minero debe encontrarse inscrito en el Registro de Productores Mineros – Decreto Legislativo No. 1552, que estará a cargo de SUNAT. Añade que dicho registro tendrá carácter constitutivo y, para inscribirse en él, los productores mineros deben presentar determinados documentos (por ejemplo, la copia de la constancia de vigencia de concesión minera) y/o una solicitud a SUNAT conteniendo determinada información. El mismo requisito de inscripción le atañe al fabricante nacional de joyas.
En ese sentido, a fin de facilitar la inscripción en los registros mencionados precedentemente, se acaba de implementar y poner a disposición en SUNAT Virtual un medio a través del cual los productores mineros y fabricantes nacionales de joyas puedan presentar su respectiva solicitud, así como la documentación requerida para su inscripción, para lo cual se aprueban dos nuevos formularios:
- Formulario Virtual No. 3174 – Solicitud de Inscripción al Registro de Productores Mineros – Decreto Legislativo No. 1552.
- Formulario Virtual No. 3175 – Solicitud de Inscripción al Registro de Fabricante Nacional de Joyas – Decreto Legislativo No. 1552.
Ambos formularios estarán disponibles en SUNAT Virtual a partir del 01.11.2023.
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