A través de la norma bajo comentario se permite a los administrados el ejercicio de su derecho al uso de la palabra a través de la plataforma electrónica de la SMV; aplicando dicho mecanismo para: (i) procedimientos administrativos en primera instancia o instancia única; (ii) recursos de reconsideración contra sanciones impuestas en primera instancia o instancia única; y, (iii) recursos de apelación que se tramiten en segunda instancia administrativa.
Asimismo, se dispuso que la SMV, a través de sus respectivos órganos, podrá convocar a audiencia no presencial a los fines de tomar declaraciones dentro o fuera de procesos de investigación, en el marco de sus competencias.
Finalmente, se dispuso que la norma comentada tenga vigencia hasta el 31 de diciembre de 2020, y que se publique en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/2Ak5e5U