Se ha detectado que los sujetos obligados a emitir la Guía de Remisión Electrónica (GRE) a partir del 01.01.2024 requieren de un periodo de adaptación desde el momento en que deben iniciar su emisión para que esta se realice de manera correcta, por lo que la presente norma ha regulado prorrogar nuevamente la facultad discrecional para no sancionar administrativamente las infracciones tipificadas en los numerales 5 y 9 del artículo 174° del Código Tributario, y que se detecten hasta el 30.06.2024 (la anterior prórroga abarcó desde el 01.01.2023 al 31.12.2023).
La citada prórroga aplicará a los referidos sujetos e incluso a quienes, con anterioridad al 01.01.2024, se encuentran obligados a emitir la GRE, lo cual les permitirá concluir las adecuaciones necesarias y facilitará a SUNAT el control de todos los obligados a emitir dicho documento.
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