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Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina (Proceso 648-IP-2018) – Ajustes de valor debido al nivel comercial de las importaciones (Tercer método de valoración aduanera).

MATERIA CONTROVERTIDA

Si en la determinación del valor de las mercancías, declarado para fines de importación al amparo del tercer método de valoración aduanera, el nivel comercial del importador (minorista, mayorista, fabricante, detallista) constituye un elemento que puede incidir en el mismo.

FALLO

El nivel comercial del importador (minorista, mayorista, fabricante, detallista) sí puede incidir en la determinación del valor de importación de las mercancías. Para tal efecto, la Administración Aduanera deberá: (i) observar la práctica comercial de dicho vendedor y las actividades del importador; y, (ii) realizar consultas entre las partes interesadas.