• Informativo Aduanero

Resolución de Superintendencia N°000031-2022/SUNAT-APRUEBAN VERSIÓN 2 DEL PROCEDIMIENTO “ZONAS ESPECIALES DE DESARROLLO” Y DEROGAN PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “CETICOS: INGRESO/SALIDA DE VEHÍCULOS”

Mediante la presente Resolución, se establece lo siguiente:

  1. Describe a las Zonas Especiales de Desarrollo (ZED) como zona primaria aduanera de trato especial que constituye un “punto de llegada”.
  2. Se incorpora la presentación de manera electrónica de documentos través de la Mesa de Partes Virtual de la SUNAT para el despacho, traslado, ingreso, permanencia y salida de las mercancías destinadas a las ZED.
  3. El Registro de Transportistas terrestres nacionales se realizará a través de la Mesa de Partes Virtual y los transportistas de carga internacional debe encontrarse registrados de conformidad al procedimiento “Tránsito aduanero internacional de mercancías CAN – ALADI” DESPA-PG.27.
  4. Las mercancías que ingresen, permanezcan, o salgan de las ZED pueden ser sometidas a control aduanero por parte de la Administración Aduanera, lo cual involucra verificación de precintos aduaneros en los contenedores cerrados y cumplimiento de las rutas para el traslado de las mercancías amparadas en el Acuerdo CAN-ALADI.
  5. Actualización de los procedimientos de ingreso y salida de mercancías de la ZED respecto a la documentación electrónica por presentar y la comunicación con la Administración del ZED para el registro de los traslados.
  6. Deroga el procedimiento específico “CETICOS: ingreso/salida de vehículos” DSPA-PE-22-02, el cual esta referido al traslado e ingreso de vehículos automotores de transporte terrestre usados que arriban a las ZED para su reparación o reacondicionamiento y nacionalización.

Para visualizar la Resolución completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3BWwaUN