RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000007-2025/SUNAT – MODIFICAN REGLAMENTO DEL RÉGIMEN DE GRADUALIDAD

La presente resolución tiene por objeto modificar el Reglamento del Régimen de Gradualidad aplicable a las infracciones del Código Tributario, aprobado por la Resolución de Superintendencia No. 063-2007/SUNAT, respecto de la gradualidad aplicable a la sanción de multa por la comisión de la infracción tipificada en el numeral 1 del artículo 176 del Código Tributario, a fin de:

  1. Establecer la posibilidad de acceder a mayores rebajas para los deudores tributarios pertenecientes al Régimen General del Impuesto a la Renta (IR), al Régimen MYPE Tributario o al Régimen Especial del IR, cuyos ingresos netos no superen las 19 UIT en el ejercicio anterior al que corresponde la declaración por la que se incurre en la referida infracción.
  2. Regular el cálculo de los ingresos netos en el caso de sujetos que estén exceptuados de presentar declaraciones juradas mensuales conforme a lo dispuesto en la Resolución de Superintendencia No. 203-2006/SUNAT (la cual regula las excepciones para la presentación de las declaraciones mensuales del IGV, de los pagos a cuenta del IR, del Régimen Especial del IR y del Nuevo RUS).

La finalidad es incentivar el cumplimiento de la obligación de presentar las declaraciones que contengan determinación de la obligación tributaria dentro de los plazos establecidos, a cargo de los sujetos antes indicados.

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