• Informativo Tributario

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000026-2021/SUNAT – LAS AFP PODRÁN UTILIZAR EL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA PARA EMPRESAS SUPERVISADAS.

Las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) han sido designadas a partir del 01.03.2021 para que emitan por todas sus operaciones -salvo por el servicio de arrendamiento y/o subarrendamiento de bienes inmuebles situados en el país- facturas electrónicas y boletas de venta electrónicas en el Sistema de Emisión Electrónica (SEE) desarrollado desde los sistemas del contribuyente (SEE – Del Contribuyente) o en el SEE Operador de Servicios Electrónicos (SEE – OSE).

De manera paralela a dicha designación, se aprobó el SEE para empresas supervisadas (SEE – Empresas Supervisadas) que puede ser utilizado por determinados sujetos que están bajo la supervisión de organismos supervisores, como es el caso de las empresas del sistema financiero y de seguros y las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público, que se encuentran bajo el control de la SBS, siempre que el comprobante de pago se emita por operaciones que sean distintas a las gravadas con el IGV.

En tal sentido, dado que las AFP también se encuentran bajo el control de la SBS, se ha dispuesto que estas también puedan optar por utilizar el SEE – Empresas Supervisadas para emitir el “comprobante empresas supervisadas SBS”. Dicha opción será aplicable respecto a los servicios que brindan a sus afiliados y beneficiarios en dicho sistema de pensiones, los cuales no se encuentran gravados con el IGV y son además supervisados por la SBS.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3pQBp0H