Con la finalidad de brindar facilidades a los contribuyentes obligados o afiliados voluntariamente a llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y/o el Registro de Compras Electrónico (RCE) a través del SIRE (Sistema Integrado de Registros Electrónicos) hasta el periodo diciembre 2023, se ha dispuesto aplicar la facultad discrecional de SUNAT para no sancionar las infracciones tipificadas en los numerales 2 (llevar los libros y registros sin observar la forma y condiciones) y 10 (no registra o anotar en los plazos máximos de atraso o hacerlo por montos inferiores) del artículo 175° del Código Tributario, relacionadas al llevado de tales registros.
Dicha discrecionalidad aplicará siempre que el infractor cumpla con determinados criterios establecidos en el Anexo de la presente resolución, hasta el 30.04.2024.
No procederá a efectuar la devolución, ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución, efectuados hasta su vigencia.
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