Se posterga la entrada en vigencia de la derogación de la excepción que permitía sustentar con el “ticket de salida” el traslado de bienes que ingresan al país desde determinados terminales portuarios hacia almacenes aduaneros o zonas primarias.
Con esta modificación, dicha derogación ya no regirá desde el 1 de julio de 2026, sino desde el 1 de noviembre de 2026, permitiendo que, de manera excepcional, el traslado de mercancías relacionadas con operaciones de comercio exterior pueda seguir sustentándose con el referido ticket hasta el 31 de octubre de 2026.
La medida busca otorgar un plazo adicional para que los emisores electrónicos adecuen sus procedimientos y sistemas a la emisión de la guía de remisión remitente conforme a la normativa vigente.
Vigencia: 29.06.2026
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