Mediante la presente Resolución se modifica el Procedimiento Específico “Clasificación Arancelaria de Mercancías” DESPA-pe.00.09 (versión 4):
La solicitud de clasificación arancelaria puede ser presentada por el solicitante a través de la Mesa de Partes Virtual – SUNAT o físicamente ante cualquier dependencia de la SUNAT. Si es presentada a través de la MPV, la verificación y eventual observación de los requisitos para su presentación se realizará en el plazo máximo de dos días hábiles.
La Resolución de clasificación arancelaria, será emitida y notificada dentro de los cuarenta y cinco (45) días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la solicitud. La resolución anticipada lo será dentro de los noventa (90) días calendario siguientes a la fecha de presentación de la solicitud, salvo que los acuerdos contemplen un plazo menor.
A fin de obtener muestras y más información técnica de la mercancía, la Administración Aduanera notifica al solicitante otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles, prorrogables por diez (10) días hábiles en casos debidamente fundamentados, contados a partir del día siguiente de recibida la notificación, indicando la cantidad de la muestra a presentar.
Vigencia: 17 de agosto de 2020.
Para visualizar la norma completa haga clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/2Yag5Iq