La presente norma posterga la fecha de vencimiento para presentar la declaración de beneficiario SUNAT de los entes jurídicos inscritos en el RUC hasta el 30.09.2024, y que no se encuentren con baja de inscripción a la fecha que les corresponda presentar la declaración.
Dichos entes deben presentarla hasta las fechas de vencimiento establecidas para el cumplimiento de las obligaciones de declaración y/o pago de los tributos administrados y/o recaudados por SUNAT correspondientes al periodo setiembre de 2024 o, de ser el caso, de sus prórrogas.
Vigencia: 15.07.2024
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